FASE 1- INICIATIVA: CONSISTE EN SOMETER A CONSIDERACION DEL PROGRESO A UN PROYECTO DE LEY. TODA INICIATIVA PRESENTADA DEBE SER TURNADO A UNA COMISION EN ESPECIFICO.
ESTOY CREANDO UNA NUEVA LEY, SE TRATA, LEY DE JUSTICIA INDIGENA YA QUE NOS HAN LLEGADO MUCHOS CASOS.
WOW, SI ES CIERTO, ME PARECE BIEN ES MUY BUENA TU PROPUESTA.
FASE 2- DICTAMACION: ES UN DOCUMENTO QUE OMITE Y GOTA UNA COMISION PARA CALIIFICAR QUE TAN VIABLE ES EL PROYECTO DE LEY, EN DONDE SE DETERMINA SI SE APRUEBA, SE RETOMA O RECHAZA LA INICIATIVA.
ME PARECE BIEN, CUALES SERIAN TUS ARTICULOS.
LOS REUNI PARA HABLARLES SOBRE UNA PROPUESTA DE LEY. "LEY DE JUSTICIA INDIGENA".
TENGO TRES PROPUESTAS
FASE 3- DISCUSION DE LA LEY: LOS LEGISLADORES ANALIZAN PRIMERO EL CONJUNTO Y DESPUES EN LO PARTICULAR O SEA CADA UNO DE LOS ARTICULOS. LOS REPRESENTANTES PUEDEN DEBATIR YA SEA A FAVOR O EN CONTRA DE LA LEY.
ARTICULO 1: GARANTIZAR EL ACCESO DE LAS PERSONAS Y COMUNIDADES INDIGENAS A LA JURISDICCION DEL ESTADO , HACIENDOLES PARTICIPES DE LA MISMA CON LA COMPETENCIA, PROCEDIMIENTOS Y JURISDICCION QUE CONSIGNA LA PRESENTE LEY.ARTICULO 2: LA CONCIENCIA DE IDENTIDAD INDIGENA DE LAS PERSONAS QUE CONSIDEREN TENER TAL CARACTER, DEBERA SER EL CRITERIO FUNDAMENTAL PARA DETERMINAR A QUIEN SE CONSIDERA PERSONA INDIGENA.ARTICULO 3: TODAS LAS AUTORIDADES, ESTAN OBLIGADOS A RESPETAR PLENAMENTE EL CONJUNTO DE DISPOSICIONES Y PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS EN LA LEY, QUE GARANTIZAN A LOS INTEGRANTES DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS.
LAS SENADORAS O DIPUTADAS PLATICAN SOBRE LA LEY QUE SE DARA A CONOCER JUNTO CON LOS DIPUTADOS Y LEGISLADORES.
FASE 4- LOS LEGISLADORES VOTARAN PRIMERO EN LO GENERAL Y SI SE APRUEBA CONTINUARA LA DISCUSION PARA SER VOTADO EN LO PARTICULAR Y SI TODO SALE BIEN LA INICIATIVA ENTONCES ES ENVIADA A LA CAMARA REVISORA.
VOTAMOS EN CONTRA
VOTAMOS A FAVOR
SE REUNEN DIPUTADOS, SENADORES Y LEGISLADORES DEL ESTADO PARA ESCUCHAR LAS PROPUESTAS.
FASE 5- LA COMISION: LA CAMARA REVISORA PUEDE SER LA QUE ORIGINO LA LEY Y LA APROBO DE IGUAL FORMA AQUI SE LLEVA A CABO EL MISMO PROCEDIMIENTO DE ESTUDIO, DICTAMEN, DISCUSION, Y APROBACION.
YA QUE FUE MANDADO A LA CAMARA REVISORA, SE VA A DAR A CONOCER SI FUE APROBADA LA LEY DE JUSTICIA INDIGENA.
LOS SENADORES ANALIZAN LOS ARTICULOS, Y SE LLEVARA A CABO A DEBATIR EN CONTRA O A FAVOR.
FASE 6- PROMULGACION: UNA VEZ APROBADA POR AMBAS CAMARAS NUESTRO DECRETO ES ENVIADO AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA QUE TIENE DOS OPCIONES HACER OBSERVACIONES Y REGRESARLO A LA CAMARA DE ORIGEN PARA SU DISCUSION Y POSIBLE MODIFICACION Y ENTONCES MANDARLO A PUBLICAR EN EL DIARIO OFICIAL.
NUEVA LEY
UNA VEZ ANALIZADO LOS ARTICULOS. SE VOTARAN EN CONTRA O A FAVOR.
UNA VEZ MANDADO A LA CAMARA REVISORA. SE LLEVARA A CABO EL PROCESO SI FUE APROBADAO LA LEY POR EL PRESIDENTE O NO.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA REVISO Y CONLUYO QUE SI SERA APROBADA LA LEY.
R
UNA VEZ APROBADA LA LEY EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DARA A CONOCER LA LEY POR EL MEDIO EL DIARIO OFICIAL.UNA VEZ APROBADA LA LEY EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DARA A CONOCER LA LEY POR EL MEDIO EL DIARIO OFICIAL.
SE DA A CONOCER LA NUEVA LEY. "LEY DE JUSTICIA INDIGENA".