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LEY 594 DEL 2000

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  • Los documentos contables y notariales como las historias laborales deben permanecer en el archivo. ire a investigar.
  • ARCHIVO CENTRAL
  • Buenos dias, José me puede permitir mi historia laboral
  • claro que si Lina, tienes todo el derecho de pedirla, ya te la permito.
  • El Articulo 25 de la ley 594 de 2000 de Archivo dice que toda entidad debe retener las historias Laborales, doc. notaralies, contables y otros segun los tiempos establescidos en las TRD.
  • Lina, el Articulo 26 de la ley 594 , nos dice que debemos elaborar inventarios para tener control de los documentos
  • si, despues de 30 años de expedicion el documento por este solo hecho no adquiere el carácter histórico y podrá ser consultado por cualquier ciudadano, como usted Lina.
  • si Jose, porque pueden venir personas como yo a pedir estos dcumentos y usted teniendo el inventario puede controlarlos y prestarnolo para hacer una copia. segun lo estipula la ley
  • José, todos los documentos que no tengan carácter reservado conforme a la Constitución o a la ley, podemos hacer una copia si lo necesitamos?
  • si, Lina nosotros somos responsables de estos documentos y debemos garantizar su integridad y la informacion que esta en ellos, puedes hacer copia teniendo encuenta eso.
  • José, y si los archivos Presentan deterioro como podemos acceder a la informacion?
  • Lina, segun la ley 594 de 2000 se suministrarán la información contenida en estos mediante un sistema de reproducción que no afecte la conservación del documentocertificando su autenticidad.
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