Privación de la libertad con fines sexuales (Rapto):Privar a alguien de su libertad para atentar contra su libertad sexual se considera rapto, aun si se busca obtener un acto sexual sin consentimiento (CPF, art. 366, 2024).
¿A dónde me llevas? Yo no quiero hacer esto!!
Tú tranquila, se que lo vas a disfrutar.
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Incesto:El incesto se configura cuando hay relaciones sexuales entre familiares en línea recta (padres, hijos, hermanos o equivalentes). Está prohibido por razones de moral y protección familiar; Puede realizarse mediante coerción, manipulación emocional o aprovechando la autoridad familiar. La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2024) reconoce estos actos como formas graves de violencia sexual.(CPF, art. 275, 2024).
Ustedes son primos , no deberían tener una relaciónEl artículo 275 del CPF (2024) lo prohíbe, ya que vulnera el respeto y equilibrio familiar.
Nadie tiene que enterarse, somos familia.
¿Entonces es un delito?
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Contra la intimidad sexual:Difundir, compartir o amenazar con divulgar imágenes, audios o videos de contenido sexual sin consentimiento se considera delito contra la intimidad sexualCódigo Penal Federal, art. 199 Octies (DOF, 2024); Celis Quintal, M. A. (2020). La protección de la intimidad como derecho fundamental de los mexicanos.
No me interesa, les mostraré a todos cómo eres realmente en lo íntimo.
Yo confíe en ti!!
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