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TEIRSSSS

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  • Hola que tal soy el juez de la corte
  • Juntos explicaremos acerca el tema 2 de Derecho internacional público
  • Holaa soy LUCHO el presidente del estado
  • Yo hablare sobre las fuentes del derecho interncional público, el articulo 38.1. del estatuto de la CIJ hace una clasificación de las fuentes del DIP y tambien tenemos como un lineamiento general en clasificcar estas en fuentes principales y secundarias o auxiliares
  • eso es muy interesante!
  • Ahora toca hablar sobre la relación del derecho internacional público con el derecho interno (Boliviano) a traves de tres doctrinas, el monismo el dualismo y el pluralismo. el monismo sostiene la norma fundamental del derecho internacional por via de consecuencia resulta ser tambien del de diversos sistemas juridicos nacioanles subornidados a este derecho. El dualismo sostiene que el derecho internacional y el derecho estatal son ordenes diferentes con distinto fundamento, sin embargo, pueden funcionar y convivivir juntos mientras no se encuentre en un conflicto por normas opuestas
  • Ahora quienes pueden representar y obligar a un estado(Bolivia)? Pues en concordancia con lo establecido en el art. 298 de la CPE. la ley de celebración de tratados en su articulo 13 establce que n virtud de sus atribuciones son competentes para realizar tales actos el o la presidente del estado, Las Jefas y los Jefes de las Misiones Diplomáticas y de las MisionesPermanentes ante Organismos Internacionales, Las Jefas y los Jefes de las Misiones Especiales enviados a uno ovarios Estados extranjeros para la negociación, en coordinación y previainstrucción del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerioinvolucrado por la materia
  • Por ultimo. Al hablar sobre Los privilegios e inmunidades se debe hacer mención a la convencio de viena de 1961 que establece que es un principio muy antiguo del derecho internacional y que los principales privilegios e inmunidades son la inviolavilidad, la inmunidad de jurisdicción y la excención de impuestos estos se otorgan a la representación de los estados miembros para salvaguardar su independencia en el ejercicio de sus funciones en relación con la organización.
  • Eso nos interesa, muy util información.
  • FIN
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