El principio de transparencia dice que las condiciones de prestación de los servicios, la relación entre los distintos actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud y la definición de políticas en materia de salud, deberán ser públicas, claras y visibles
Y el de descentralización administrativa dice que la gestión será descentralizada y de ella harán parte las direcciones territoriales de salud
EL de complementariedad y concurrencia dice que se propiciará que los actores del sistema en los distintos niveles territoriales se complementen con acciones y recursos en el logro de los fines del Sistema General de Seguridad Social en Salud
¿Y esos son todos?
No, también está el principio de corresponsabuidad, irrenunciabilidad, intersectorialidad, prevención y continuidad
EL principio de eficiencia dice que se debe optimizar la relación entre los recursos disponibles para obtener los mejores resultados en salud y calidad de vida de la población
Por supuesto, El Sistema General de Seguridad Social en salud asegurará a los usuarios libertad en la escogencia entre las Entidades Promotoras de salud y los prestadores de servidos de salud dentro de su red en cualquier momento de tiempo.
¿Y puedo escoger la Entidad que yo quiera?
¿Y cómo se financian estas entidades?
Por medio del principio de sostenibilidad que reconoce el sistema se financiarán con los recursos destinados por la ley para tal fin, los cuales deberán tener un flujo ágil y expedito
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