FASE 1: CONSISTE EN SOMETER A CONSIDERACION EL PROGRESO UN PROYECTO DE LEY. TODA INICIATIVA PRESENTADA DEBE SER TURNADA A UNA COMISION EN ESPECIFICO.
FASE 2: DICTAMACION ES UN DOCUMENTO QUE OMITE Y GOTA UNA COMISION PARA CALIFICAR QUE TAN VIABLE ES EL PROYECTO DE LEY, EN DONDE SE DETERMINA SI SE APRUEBA, SE RETOMA O RECHAZA LA INICIATIVA.
FASE 3: DISCUSION DE LA LEY. LOS LEGISLADORES ANALIZAN PRIMERO EL CONJUNTO Y DESPUES EN LO PARTICULAR O SEA CADA UNO DE LOS ARTICULOS. LOS REPRESENTANTES PUEDEN DEBATIR YA SEA EN CONTRA O A FAVOR DE LA LEY.
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Las senadoras platican sobre la ley.
FASE 4: LA VOTACION. LOS LEGISLADORES VOTARAN PRIMERO EN LO GENERAL Y SI SE APRUEBA CONTINUARA LA DESICION PARA SER VOTADO EN LO PARTICULAR Y SI TODO SALE BIEN LA INICIATIVA ENTONCES ES ENVIADA A LA CAMARA REVISORA.
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Se reúnen diputados y senadores, legisladores del estado.
FASE 5: LA COMISION. LA CAMARA REVISORA PUEDE SER LA QUE ORIGINO LA LEY Y LA APROBO DE IGUAL FORMA AQUI SE LLEVA A CABO EL MISMO PROCEDIMIENTO DE ESTUDIO, DICTAMEN, DISCUSION Y APROBACION.
Se da a conocer las leyes, junto con los senadores, diputados y legisladores, a partir de eso se dará a conocer la votación.
FASE 6: PROMULGACION. UNA VEZ APROBADA POR AMBAS CAMARAS NUESTRO DECRETO ES ENVIADO AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA QUIEN TIENE DOS OPCIONES, HACER OBSERVACIONES Y REGRESARLO A LA CAMARA DE ORIGEN PARA SU DISCUSION Y POSIBLE MODIFICACION Y ENTONCES MANDARLO A PUBLICAR EN EL DIARIO OFICIAL.
NUEVA LEY
Se da a conocer los votos de los senadores diputados y se manda a la cámara revisora.
La cámara revisora dará a conocer si fue aprobada la ley y se enviara al presidente de la republica.
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El presidente de la republica aprobó la ley y lo dará a conocer en el diario oficial.