Es la situación del trabajador afecto de incapacidad permanente y que, por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos.
Incapacidad permanente (Gran invalidez)
muy bien y tu q tal estas de la pierna
hola cuanto tiempo hacia que no te veia
bien ya tengo el alta pero no puedo mover la pierna igual y tengo alguien ayudandome en todo
hola Maria¿como estas?
anda q desgracia hija ¿ ademas ya no puedes volver a trabajar no?
ya no puedo acudir a ningun trabajo ya que me han puesto una incapacidad y no puedo acudir a ningun empleo
¿pero una incapacidad parcial total o gran invalidez?
no maria la parcial es menos del 33 % la total podria seguir en el trabajo pero en un puesto q pudiera ejercer y gran invalided no puedo hacer actividades de la vida cotidiana
entonces¿cual tienes?
tengo la de gran invalidez que no puedo ningun tipo de actividad cotidiana ni del empleo
En consecuencia, para que tener derecho a la Incapacidad permanente de Gran invalidez, es preciso que como consecuencia de nuestras limitaciones físicas o psíquicas, no podamos desarrollar ningún trabajo, pero además, necesitemos la asistencia de terceras personas para las actividades esenciales de la vida diaria.
que hace falta para tener derecho a ella
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